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Policía recupera puercoespín que se encontraba deambulando en zona urbana de Polonuevo

Personal adscrito al Grupo de Protección Ambiental y Ecológica del Departamento de Policía Atlántico, recuperó una especie vía de extinción en el municipio de Polonuevo, luego de haber sido avistado cuando deambulaba de manera desorientada por las calles del municipio representando un riesgo para los habitantes del sector.

Gracias al llamado de la ciudadanía y a la rápida reacción de los uniformados, quienes fueron alertados de la presencia de una Puercoespín en la Carrera 9 con Calle 2, barrio tamarindo del municipio de Polonuevo, se dirigieron al sector hallando desorientado y nervioso a esta especie silvestre, que minutos antes varias personas al parecer pretendían atentar contra su integridad por representar lo que para ellos consideraban, un peligro, debido a que no es costumbre que estos especímenes deambulen en lugares con afluencia de personas.

Es importante destacar, que los uniformados quienes tomando las medidas de precaución, lograron colocar el animalito a salvo, colocándolo dentro de un contenedor y trasladándolo a su hábitat natural, lejos de la civilización, gesto que fue agradecido por la ciudadanía mediante aplausos a los uniformados por rescatar, recuperar y proteger al animal silvestre. Sin embargo, posiblemente según lo manifiestan los policiales, este puercoespín pudo haber migrado a la zona urbana por la soledad de la misma, debido al aislamiento obligatorio decretado por el gobierno, a causa del COVID-19.

La Policía Ambiental y Ecológica, hace un llamado a la ciudadanía invitándolos a que por favor no se alarmen ni maltraten estas especies, que una  vez sean avistados,  acudan inmediatamente a la línea de la Policía Nacional 123 para que personal idóneo de la especialidad logren la recuperación y posterior liberación a su hábitat natural. Lo anterior en atención a la Ley 99 de 1993 (conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables).

Ten en cuenta que; Según la ley 1774, establece que los actos dañinos y de crueldad contra los animales que no causen la muerte o lesiones que afecten de manera grave su salud o integridad física serán sancionados con multas de 5 a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

En caso de que se cometan delitos contra la vida e integridad física y emocional de los animales, sean de compañía, silvestres, vertebrados o exóticos, entre otros, y que se les cause la muerte o lesiones de salud graves, la pena será de prisión entre 12 a 36 meses e inhabilidad especial de 1 a 3 años para poder ejercer la profesión, oficio, comercio o tenencia que tenga relación con los animales y multas de 5 a 60 SMMLV.

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