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Árbol de “campano” talado en Chorrera, presentaba riesgo de afectación a la comunidad

Con el fin de darle seguimiento a la denuncia realizada en diferentes medios de comunicación, sobre la tala de un árbol de la especie Samanea Saman, también conocido como `campano’ que se encontraba plantado el corregimiento de Chorrera, de Juan de Acosta, la Corporación Autónoma Regional del Atlántico -C.R.A., aclaró que fue otorgada autorización para tala, debido al “riesgo de caída por el grado de descomposición” del individuo.

La Corporación, explicó que la decisión se adoptó atendiendo una solicitud de la alcaldía municipal de Juan de Acosta, realizada a través de la Unidad Municipal de Asistencia Técnica Agropecuaria UMATA, con radicación N° 2440-2021, en la que manifestaban, por segunda vez, la necesidad de remoción del árbol, dando respuesta mediante la autorización N° 58 del 27 de mayo de 2021.

El Subdirector de Gestión Ambiental de la C.R.A, Javier Restrepo, explicó que desde el año 2020, el municipio de Juan de Acosta, había radicado la comunicación N° 8899_2020, solicitando por primera vez, autorización de tala sobre un árbol de campano que presentaba “riesgo de caída por el grado de descomposición, afectación de comején y alto grado de pudrición de base y ramas” y, en virtud de los argumentos expuestos, el 29 de diciembre de 2020, se otorgó autorización; sin embargo, ésta no fue ejecutada en ese entonces.

En consecuencia, el funcionario asegura que se realizó la respectiva visita, corroborando que el árbol si presentaba la afectación en la base, la cual técnicamente consistía en una cavidad de 1.5 metros de altura por 0.9 metros de ancho, por 1.5 metros de profundidad, aproximadamente, con pudrición o descomposición de sus tejidos; así como presencia de tumores (abultamientos) alrededor de dicha cavidad o afectación.

El concepto técnico, agrega además que el tronco presentaba una herida a una altura de 4 metros aproximadamente, desde la cual drenaba un líquido negro (exudado), así como afectación en sus ramas por comején, como otras heridas mal cicatrizadas con pudrición y cavidades producto de ramas que se habían partido o quebrado.

Adicionalmente, el árbol presentaba una inclinación de 45° hacia el arroyo, con raíces superficiales que invaden la vía aledaña (Calle 1), ramas secas y partidas hacia la vía, con posible riesgo de volcamiento o caída, que ocasionaría  obstrucción del cauce del canal, así como inundación, erosión del margen del arroyo, socavamiento o debilitamiento de los cimientos del puente que atraviesa la vía Juan de Acosta – Baranoa; en general, un posible riesgo de caída que podría afectar a personas, vehículos y techos de las viviendas aledañas.

Por otro lado, en el año 2021, la ciudadana Carolina Molina, a través del radicado 4375 de 2021, solicitó autorización para intervenir las ramas del árbol, dado que, estaban afectando su vivienda, por lo cual, la C.R.A. expide autorización de poda N° 82 de 2021 sobre las ramas que afectaban su vivienda y en la misma autorización se le informa que la Corporación había expidió Autorización de tala (N° 78 de 29 de diciembre de 2020) para que la Alcaldía de Juan de Acosta tomara las respectivas medidas de tala.

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